Bautismo

Preparación Sacramental para el Bautismo:

Se requiere que los padres asistan a una sesión de preparación sobre el Sacramento del Bautismo. Llame a la oficina parroquial, 302-856-6451, para concertar un bautismo o para obtener más información.


SOLICITUD PARA SER PATROCINADOR:

  • Si cumple con los requisitos de elegibilidad (ver a continuación), proporcione la información de la Iglesia (dirección y número de teléfono) del lugar donde se conferirá el Sacramento, su nombre, el nombre del niño, el nombre de los padres y la fecha del Sacramento. Envíe la solicitud de una Carta de Patrocinador a través del formulario "Contáctenos" en el sitio web, correo postal, en persona, por teléfono o por correo electrónico a info@smammop.com.



CÓMO SOLICITAR PATROCINIO DE UN SACRAMENTO:

  • Si se le solicita ser Patrocinador o Padrino, la ley de la Iglesia establece que, en la medida de lo posible, a quien va a ser bautizado o confirmado se le debe dar un padrino que asista a un adulto en la iniciación cristiana católica o, junto con los padres, presente a un niño en el bautismo, y que ayudar a los bautizados a llevar una vida cristiana católica en armonía con el bautismo, y a cumplir fielmente las obligaciones relacionadas con él (CIC 872).


Si cumple con los requisitos de elegibilidad a continuación, proporcione la información de la Iglesia (dirección y número de teléfono) del lugar donde se conferirá el Sacramento, su nombre, el nombre del niño, el nombre de los padres y la fecha del Sacramento.


Certificado de elegibilidad/Carta del patrocinador

Si se le solicita ser padrino o padrino

La ley de la Iglesia establece que, en la medida de lo posible, a quien va a ser bautizado o confirmado se le debe dar un padrino que asista a un adulto en la iniciación cristiana católica o, junto con los padres, presente a un niño en el bautismo, y que ayude al bautizados a llevar una vida cristiana católica en armonía con el bautismo y a cumplir fielmente las obligaciones relacionadas con él (CIC 872).


El papel del padrino (o padrino) es funcional, no ceremonial. Un padrino o padrino se compromete de por vida a ayudar en la formación del nuevo cristiano por quien ha aceptado una responsabilidad compartida. Esto se hace con la palabra y el ejemplo.


Si se le ha pedido que sirva como patrocinador o padrino, debe examinar su propio compromiso con su fe católica y determinar en oración si es capaz o no de cumplir el papel y las responsabilidades que implica. Si no practica su fe o si no cree en lo que enseña la Iglesia, con la conciencia tranquila no debe presentarse para servir como padrino o padrino.


La Parroquia San Miguel Arcángel / María Madre de la Paz requiere que un patrocinador o padrino proporcione una carta de elegibilidad de su pastor local. Estas cartas o certificados afirman que una persona es un católico registrado con buena reputación.


La Parroquia San Miguel Arcángel / María Madre de la Paz se complace en proporcionar a sus miembros una carta de elegibilidad cuando así lo soliciten, siempre que se cumpla lo siguiente:


1. La persona que realiza la solicitud es un miembro registrado de la parroquia. Los adultos jóvenes se consideran miembros registrados de la parroquia a través del registro de sus padres hasta que se mudan de casa o cumplen veinticinco años, lo que ocurra primero.


2. La persona cumple con los requisitos canónicos para el servicio como padrino o padrino:


a. Ha sido designado por quien va a ser bautizado o confirmado, por los padres del niño a bautizar, o por el párroco y debe tener las calificaciones y la intención de desempeñar este papel;


b. Haber cumplido dieciséis años de edad;


C. Debe ser un católico bautizado que haya recibido también los Sacramentos de la Confirmación y la Santísima Eucaristía y lleve una vida en armonía con la fe y el rol a desempeñar.


i. Él o ella practica su fe participando regularmente en la Misa y los Sacramentos.


ii. Él o ella, si está casado, ha estado casado de acuerdo con las leyes y enseñanzas de la Iglesia Católica;


d. No está obligado por ninguna pena canónica legítimamente impuesta o declarada;


mi. No es el padre o la madre del candidato.


Si tiene alguna pregunta sobre estos requisitos o si no es elegible, los sacerdotes y diáconos de la parroquia estarán encantados de reunirse con usted para responder sus preguntas o ayudarlo a regresar a la práctica regular de la fe.


Que Dios, que ha comenzado en vosotros su buena obra, la lleve a cumplimiento.

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